ASOCIACIÓN NACIONAL DE PROFESIONES DE LA SALUD

Seguimiento a la Orden Décima Novena de la Sentencia T-760 de 2008, respecto al Auto del 19 de mayo de 2025, sobre las causas del aumento o disminución de los registros de servicios de salud negados.

Fecha: 21 de mayo de 2025

Oficio: OPTC-221-2025
Expediente: T-1.281.247

En el marco del seguimiento a la Orden Décima Novena de la Sentencia T-760 de 2008, y en atención al Auto del 19 de mayo de 2025, la Comisión de Seguimiento de la Sentencia T-760 de 2008 y de la Reforma Estructural del Sistema de Salud y Seguridad Social (CSR), presenta un análisis técnico sobre las causas del aumento o disminución de los registros de servicios de salud negados, así como sobre las actuaciones del Ministerio de Salud y Protección Social y de la Superintendencia Nacional de Salud en el cumplimiento de dicha orden.

El análisis fue elaborado a partir de la revisión de los informes trimestrales de servicios de salud negados correspondientes a los años 2023 y 2024, remitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.

1. Causas del aumento y disminución de los registros de servicios de salud negados (2023–2024)

El estudio de la información evidencia que los incrementos extraordinarios en los registros de negaciones no obedecen a cambios estructurales del sistema, sino principalmente a problemas en el reporte de información por parte de una EPS específica.

Durante el año 2023 y varios trimestres de 2024 se presentaron picos atípicos de registros, explicados en gran medida por la duplicación masiva de trámites reportados por Savia Salud, especialmente bajo la causal “servicio duplicado y/o ya tramitado”. Esta situación distorsionó significativamente las cifras consolidadas a nivel nacional.

En contraste, las demás EPS mostraron variaciones moderadas, concentrando las negaciones principalmente en la causal “servicio sin evidencia de seguridad o eficacia”, sin cambios relevantes en su comportamiento histórico.

La disminución observada en el III trimestre de 2024, frente al mismo periodo de 2023, se explica principalmente por la reducción de registros duplicados, particularmente en Savia Salud, más que por una transformación estructural del sistema de aseguramiento o del acceso efectivo a los servicios de salud.

2. Evaluación de las actuaciones del Ministerio de Salud y Protección Social

La Orden Décima Novena exige que el 100 % de los registros de servicios de salud negados sean debidamente reportados y validados. Los informes revisados muestran avances importantes, pero no sostenidos ni homogéneos.

El Ministerio ha fortalecido el uso de la plataforma PISIS/SISPRO, implementando validaciones de estructura y calidad de los datos, y ha alcanzado en algunos meses niveles cercanos o iguales al 100 % de validación. Asimismo, publica listados de EPS que incumplen los reportes y remite esta información a la Superintendencia Nacional de Salud, además de brindar asistencia técnica a entidades con fallas recurrentes.

No obstante, persisten omisiones, retrasos, registros duplicados y uso excesivo de causales genéricas, lo que evidencia que los mecanismos de validación no siempre detectan anomalías antes de consolidar la información, como ocurrió con los incrementos extraordinarios reportados en el IV trimestre de 2024.

En consecuencia, aunque existen avances operativos, no se garantiza de manera sostenida el cumplimiento pleno de la orden, siendo necesario fortalecer los procesos de depuración, control y corrección de la información reportada.

3. Valoración de las acciones de la Superintendencia Nacional de Salud

Los informes dan cuenta de una coordinación formal entre el Ministerio de Salud y la Superintendencia Nacional de Salud, mediante el traslado periódico de información sobre incumplimientos y reportes inconsistentes.

Sin embargo, no se evidencian resultados concretos ni medidas correctivas efectivas derivadas de estas actuaciones. Las mismas EPS continúan apareciendo de manera reiterada en los listados de mayores registros de servicios negados, sin que se reflejen sanciones, correctivos estructurales o mejoras sostenidas en la calidad del reporte.

La repetición de errores, la persistencia de registros duplicados y la ausencia de consecuencias visibles sugieren que las acciones de inspección, vigilancia y control no han sido suficientes para garantizar el cumplimiento efectivo de la orden judicial.

Conclusión

El análisis evidencia que la variabilidad en los registros de servicios de salud negados responde principalmente a deficiencias en el reporte de información, más que a cambios reales en el acceso a los servicios. Si bien el Ministerio de Salud ha implementado mecanismos de reporte y validación, estos no aseguran de forma sostenida la confiabilidad total de los datos, y las acciones de la Superintendencia Nacional de Salud no han generado impactos correctivos verificables.

En este contexto, se solicita respetuosamente que el presente análisis sea incorporado y valorado por la Honorable Corte Constitucional, en el marco del seguimiento al cumplimiento de la Sentencia T-760 de 2008 y, en particular, de la Orden Décima Novena.

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