ASOCIACIÓN NACIONAL DE PROFESIONES DE LA SALUD

Seguimiento a las órdenes vigésima primera y vigésima segunda de la Sentencia T-760 de 2008, en relación con la respuesta de la Corte Constitucional al Derecho de Petición presentado por ASSOSALUD sobre la Resolución 2717 de 2024.

Fecha: 22 de mayo de 2025

Oficio: C-296-2025
Expediente: T-1.281.247

Contexto de la solicitud

En el marco del seguimiento al cumplimiento de la Sentencia T-760 de 2008, la Asociación Nacional de Profesiones de la Salud – ASSOSALUD radicó el 13 de enero de 2025 un derecho de petición ante la Honorable Corte Constitucional, solicitando la adopción de una medida cautelar de suspensión provisional de la Resolución 2717 de 2024, mediante la cual el Ministerio de Salud fijó el valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para la vigencia 2025.

La solicitud se fundamentó en la posible insuficiencia técnica y financiera de la UPC, así como en un eventual incumplimiento de las órdenes estructurales impartidas por la Corte Constitucional en la Sentencia T-760 de 2008 y en autos de seguimiento posteriores.

Fundamentos expuestos por ASSOSALUD

Entre los principales argumentos presentados se destacaron:

  • La obligación estatal de garantizar la sostenibilidad financiera del sistema de salud, conforme a criterios técnicos, médicos, de salud pública y financieros.
  • Las advertencias reiteradas de la Corte Constitucional, en autos de seguimiento emitidos entre 2016 y 2024, sobre la insuficiencia persistente de la UPC y las brechas entre los regímenes contributivo y subsidiado.
  • El incremento de la UPC para 2025, fijado principalmente con base en la inflación, sin evidencia suficiente de su adecuación técnica, y sin incorporar plenamente el impacto del aumento del salario mínimo (9,54 %), lo cual afecta los costos del talento humano en salud.
  • La expedición de la Resolución 2717 de 2024 sin un proceso amplio de participación y publicidad, en contravía de los principios de transparencia, participación y democracia administrativa.

Solicitudes elevadas a la Corte Constitucional

ASSOSALUD solicitó, entre otras medidas:

  • La suspensión provisional de la Resolución 2717 de 2024.
    Un incremento temporal de la UPC equivalente al aumento del salario mínimo, mientras se adelantaban estudios técnicos suficientes.
  • La entrega de los estudios y metodologías que fundamentaron el valor de la UPC para 2025.
  • La instalación de mesas técnicas intersectoriales con participación de organizaciones de pacientes, asociaciones científicas, gremios y representantes del talento humano en salud.
  • La adopción de medidas orientadas a proteger los derechos laborales del talento humano en salud.

Respuesta de la Corte Constitucional

Mediante el Oficio C-296-2025, la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008 resolvió las solicitudes presentadas por ASSOSALUD, precisando lo siguiente:

  • Negó la solicitud de suspensión provisional de la Resolución 2717 de 2024, al considerar que la suficiencia de la UPC para la vigencia 2025 será valorada en un auto posterior, dado que el asunto se encuentra actualmente en etapa de documentación.
  • Indicó que varias de las solicitudes formuladas por ASSOSALUD ya fueron abordadas en el Auto 007 de 2025, mediante el cual se ordenó al Ministerio de Salud reajustar la metodología de cálculo de la UPC, garantizar procesos participativos y corregir el rezago acumulado desde vigencias anteriores.
  • Informó que los elementos técnicos y la información aportada por ASSOSALUD serán tenidos en cuenta en las próximas valoraciones del cumplimiento de las órdenes vigésima primera y vigésima segunda de la Sentencia T-760 de 2008.
  • Reiteró que el trámite de seguimiento constitucional no tiene naturaleza contenciosa y, por tanto, no está orientado a resolver controversias individuales, sino a verificar el cumplimiento estructural de las órdenes impartidas por la Corte.

Alcance de la decisión

La Corte reconoció la relevancia técnica y jurídica de los argumentos presentados por ASSOSALUD y confirmó que estos serán considerados dentro del proceso de seguimiento a la política pública de salud, especialmente en lo relacionado con la suficiencia de la UPC y la sostenibilidad financiera del sistema.

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