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Carta Abierta del Colegio Nacional de Químicos Farmacéuticos de Colombia al Presidente de la República

Carta Abierta del Colegio Nacional de Químicos Farmacéuticos de Colombia al Presidente de la República

Bogotá D.C., 17 de abril de 2026

La Junta Directiva Nacional 2026–2028 del Colegio Nacional de Químicos Farmacéuticos de Colombia (CNQFC) dirigió una carta abierta al señor Presidente de la República, Gustavo Petro Urrego, en la cual expone la naturaleza, trayectoria y aportes del Colegio, así como una serie de consideraciones orientadas al fortalecimiento del sistema de salud y al bienestar de la sociedad colombiana.

 

Reseña de los contenidos de la carta

🏛️ Naturaleza y trayectoria institucional

El CNQFC, creado en 1936, es una institución asesora del Gobierno Nacional en el ámbito farmacéutico, en virtud de la Ley 212 de 1995 y el Decreto 1945 de 1996.

Desde su fundación, ha mantenido un compromiso permanente con la garantía del derecho fundamental a la salud, en concordancia con la Ley Estatutaria 1751 de 2015, promoviendo el acceso, la disponibilidad, la dispensación adecuada y el uso racional de medicamentos, así como la evaluación de resultados en salud asociados al uso de tecnologías sanitarias.

⚙️ Aportes al sistema de salud y desarrollo normativo

El Colegio ha participado activamente en múltiples procesos de interés nacional, entre los que se destacan:

  • Aportes a la construcción del CONPES de Política Farmacéutica Nacional, en coordinación con el Ministerio de Salud y Protección Social.
  • Participación en procesos de consulta pública de proyectos normativos.
  • Apoyo al fortalecimiento del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, en pro de la autonomía sanitaria, el abastecimiento farmacéutico y la atención oportuna en salud.
  • Contribuciones al desarrollo legislativo, incluyendo:
             • Ley 2386 de 2024
            •  Ley 2506 de 2025

Asimismo, ha participado en iniciativas relacionadas con el Código de Ética profesional farmacéutica y el fomento de productos farmacéuticos de origen natural.

📊 Análisis y recomendaciones sobre el sistema de salud

El CNQFC ha presentado diversas observaciones sobre la situación del sistema de salud colombiano, destacando que:

  • Las redes de salud no pueden ser verdaderamente integrales sin una adecuada gestión farmacéutica.
  • Es necesario fortalecer la confianza entre los actores del sistema.
  • Se debe reconocer y valorar el talento humano en salud.
  • Es fundamental promover articulaciones sinérgicas entre las diferentes instancias del sistema.

📚 Producción académica y aporte al conocimiento

Dentro de su labor académica, el Colegio ha promovido la difusión de conocimiento especializado, destacando la publicación en español del libro Crisis Mundial de los Sistemas de Salud, como aporte al análisis del sistema de salud a nivel global y nacional.

🌍 Avances en política pública y contexto internacional

El CNQFC reconoce avances recientes en materia de política pública, entre ellos:

  • La inclusión de la autonomía sanitaria en el Ley 2294 de 2023
  • Los documentos CONPES 4129 de 2023 y CONPES 4170 de 2025
  • El fortalecimiento de capacidades farmacéuticas nacionales a través de entidades como:
          • Instituto Nacional de Cancerología
          • Universidad de Antioquia

Asimismo, resalta avances en cooperación internacional, evaluación regulatoria mediante herramientas de la OMS y acciones en el marco de escenarios multilaterales.

⚠️ Recomendaciones al Gobierno Nacional

En la carta, el CNQFC reitera recomendaciones clave dirigidas al fortalecimiento del sistema de salud:

  1. Construir confianza para consolidar el sistema nacional de salud.
  2. Fortalecer de manera integral al INVIMA como autoridad regulatoria.
  3. Garantizar la designación de talento humano idóneo en cargos directivos del sector.
  4. Reglamentar e implementar plenamente las Leyes 2386 de 2024 y 2506 de 2025.

🤝 Disposición institucional

Finalmente, el Colegio pone a disposición del Gobierno Nacional, el Congreso, las instancias judiciales, los entes de control, la academia, los gremios y la sociedad en general, sus capacidades institucionales para contribuir a la construcción de políticas en materia de autonomía sanitaria y al desarrollo de una agenda farmacéutica nacional orientada a la protección de la vida, la salud y el bienestar de la población.

Junta Directiva Nacional 2026–2028
Colegio Nacional de Químicos Farmacéuticos de Colombia – CNQFC
Idoneidad para la salud y la sociedad


🔗 Para consultar el texto completo de la carta radicada, puede descargarlo en el siguiente enlace:

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Solicitud de intervención ante la Procuraduría General de la Nación frente a la crisis del sistema de salud

Solicitud de intervención ante la Procuraduría General de la Nación frente a la crisis del sistema de salud

Fecha: 16 de abril de 2026


La Asociación Nacional de Profesiones de la Salud – ASSOSALUD, en cumplimiento de su misión como organismo asesor del Gobierno Nacional conforme a la Ley 1164 de 2007, elevó una solicitud formal ante la Procuraduría General de la Nación, con el propósito de alertar sobre la grave situación que atraviesa actualmente el sistema de salud en Colombia.

ASSOSALUD representa a 11 profesiones de la salud agrupadas en 34 agremiaciones a nivel nacional, y actúa en defensa tanto del talento humano en salud como de los usuarios del sistema.

Situación identificada
En la comunicación remitida, se exponen una serie de problemáticas estructurales que evidencian el deterioro progresivo del sistema de salud, entre las cuales se destacan:

  • Resultados financieros y asistenciales desfavorables derivados de las intervenciones a las EPS
  • Presuntas irregularidades en los procesos de intervención
  • Incremento significativo de las acciones de tutela
  • Escasez de medicamentos esenciales
  • Incumplimiento en el pago a los trabajadores de la salud
  • Deterioro de la red de prestación de servicios
  • Cierre de servicios de salud en distintas regiones del país

Impacto

Esta situación afecta de manera directa a:

  • Los pacientes, quienes enfrentan barreras de acceso, interrupciones en tratamientos y riesgos para su vida
  • Los profesionales de la salud, quienes ejercen su labor en condiciones cada vez más precarias e inestables

ASSOSALUD advierte que la crisis actual compromete la garantía efectiva del derecho fundamental a la salud en Colombia.

Solicitud a la Procuraduría

En este contexto, ASSOSALUD solicitó respetuosamente la intervención inmediata de la Procuraduría General de la Nación, en el marco de sus funciones como organismo de control, con el fin de:

  • Garantizar la protección de los derechos fundamentales de la población
  • Vigilar las actuaciones relacionadas con la intervención de las EPS
  • Promover acciones que contribuyan a la estabilidad del sistema de salud

Posición institucional de ASSOSALUD

ASSOSALUD reitera su compromiso con:

  • La defensa del sistema de salud
  • La dignidad del talento humano en salud
  • La garantía de una atención oportuna y de calidad para los usuarios

 

Asimismo, ASSOSALUD manifiesta que su labor pierde sentido cuando el paciente —destinatario final de los servicios— enfrenta deterioro en su atención y riesgos para su vida en medio de la crisis actual.

Disposición institucional

Finalmente, ASSOSALUD expresa su plena disposición para participar en los procesos, espacios de diálogo y acciones que se consideren pertinentes, con el propósito de contribuir a la construcción de soluciones que permitan superar la actual crisis del sistema de salud en el país.


🔗 Para consultar el texto completo de la carta radicada, puede descargarlo en el siguiente enlace:

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Carta y Comunicado del Grupo de Acuerdos Fundamentales a la Corte Constitucional sobre la terminación de las mesas técnicas de la UPC

Carta y Comunicado del Grupo de Acuerdos Fundamentales a la Corte Constitucional sobre la terminación de las mesas técnicas de la UPC

Bogotá D.C., 18 de septiembre de 2025.

Carta radicada ante la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008
Dr. José Fernando Reyes Cuartas
Magistrado Sustanciador – Auto 007 de 2025
Honorable Corte Constitucional

En cumplimiento del Auto 007 de 2025 y conforme al Comunicado dirigido a la opinión pública, los integrantes del Grupo de Acuerdos Fundamentales informan con profunda preocupación los siguientes hechos:

  • El Gobierno Nacional instaló, entre el 30 de julio y el 4 de septiembre de 2025, la mesa técnica para la revisión de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) 2024, dando cumplimiento a lo ordenado por la Corte Constitucional.
  • Durante las sesiones, diversos actores del sistema de salud presentaron evidencia técnica y estudios que demuestran que la UPC actual es insuficiente, situación que ha profundizado la crisis humanitaria en salud, afectando especialmente a pacientes con enfermedades raras, huérfanas, crónicas, oncológicas y degenerativas.
  • El pasado 4 de septiembre, el Ministerio de Salud y Protección Social dio por terminadas las sesiones de la mesa técnica sin informar a sus integrantes el mecanismo o ruta mediante la cual se avanzará en el recálculo de la UPC, tal como lo exige la Corte Constitucional.
  • Se recuerda que el Gobierno Nacional tiene la responsabilidad constitucional de garantizar los recursos necesarios para hacer efectivo el derecho fundamental a la salud, así como la obligación de ejercer vigilancia y control sobre los actores del sistema.

Los integrantes del Grupo de Acuerdos Fundamentales hacen un llamado urgente al Gobierno Nacional y alertan a la Honorable Corte Constitucional:

  • A nueve meses de la expedición del Auto 007 de 2025, la crisis en salud no da más espera. Es urgente adoptar medidas inmediatas que garanticen el acceso a tratamientos integrales y la protección del derecho a la vida y a la salud de los pacientes en Colombia.

🔗 Para consultar el texto completo de la carta radicada y del comunicado, puede descargarlo en el siguiente enlace:

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Implementación efectiva de la Ley 1164 de 2007 como garantía para la dignificación del Talento Humano en Salud

Implementación efectiva de la Ley 1164 de 2007 como garantía para la dignificación del Talento Humano en Salud

Bogotá D.C., 29 de agosto de 2025.

La Asociación Nacional de Profesiones de la Salud – ASSOSALUD, como organización que participó activamente en la creación e impulso de la Ley 1164 de 2007, manifiesta la importancia de preservar la esencia de esta normativa, la cual ha representado la unificación de intereses entre los diferentes actores del sector y los profesionales de la salud.

En este sentido, ASSOSALUD radicó una carta dirigida a la Honorable Representante Olga Lucía Velásquez Nieto, integrante de la Comisión Tercera o de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Representantes, en la que expresa su posición frente a la Ley 1164 de 2007, señalando que no requiere ser reformada, sino implementada y reglamentada en su totalidad.
La Asociación resalta que en el espíritu de esta ley se encuentra la verdadera garantía de dignificación del trabajo en salud, por lo que cualquier intento de modificación podría debilitar los avances logrados hasta la fecha. Su adecuada implementación permitiría mejorar las condiciones laborales, la calidad de vida de los profesionales y promover la equidad de género en el sector.

ASSOSALUD también enfatiza que las condiciones para que los trabajadores de la salud ejerzan en zonas rurales, de difícil acceso o de alta complejidad no dependen exclusivamente de la Ley 1164. Estas circunstancias están directamente relacionadas con la seguridad social, la calidad de vida de las comunidades y las garantías de protección para el núcleo familiar del trabajador.
En muchos casos se trata de zonas clasificadas como “zonas rojas”, donde no es posible asegurar plenamente la vida, la integridad ni el bienestar del profesional y su familia. Por ello, cualquier estrategia que busque fortalecer la presencia del talento humano en estos territorios debe contemplar medidas integrales de seguridad, bienestar social y condiciones dignas de trabajo, más allá de un marco normativo específico.

📄 Para consultar el texto completo de la carta radicada, puede descargarlo en el siguiente botón:

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Facturación Electrónica: Eventos Obligatorios y Gestiones Realizadas por ASSOSALUD

Facturación Electrónica: Eventos Obligatorios y Gestiones Realizadas por ASSOSALUD

Fecha: 01 de Julio de 2025

En atención a las inquietudes recibidas sobre los requisitos legales de la facturación electrónica y las dificultades que han venido afectando su cobro oportuno, nos permitimos compartir el siguiente comunicado informativo, que detalla las gestiones adelantadas por ASSOSALUD y las recomendaciones para garantizar la validez ejecutiva de sus facturas.

COMUNICADO A LOS PRESTADORES DE LA SALUD

La Junta Directiva de la Asociación Nacional de Profesiones de la Salud – ASSOSALUD, en cumplimiento de su labor de representación y defensa de los intereses de los prestadores de servicios de salud, se permite informar lo siguiente:

De acuerdo con el artículo 616-1 del Estatuto Tributario, para que una factura electrónica de venta sea considerada como título valor y, por tanto, tenga mérito ejecutivo, debe contar con tres eventos obligatorios: Acuse de recibo de la factura, Recibo de bienes y/o servicios, y Aceptación (expresa o tácita).

La ausencia de alguno de estos eventos impide que la factura adquiera fuerza ejecutiva, lo que limita su circulación, negociabilidad y, en consecuencia, afecta gravemente la liquidez de los prestadores, vulnerando su derecho al pago oportuno.

Frente a esta problemática, ASSOSALUD ha realizado las siguientes gestiones:

17 de febrero de 2025: Se radicó derecho de petición al Dr. Luis Eduardo Llinás Chica, Director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en atención a las múltiples quejas recibidas por parte de trabajadores del sector salud, quienes reportan la imposibilidad de acudir al cobro judicial de sus honorarios debido al incumplimiento, por parte de los hospitales, de los requisitos de marcación de acuse, recibo y aceptación de las facturas electrónicas, según lo establece el Estatuto Tributario y la Resolución 000085 de 2022.
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17 de febrero de 2025: Se radicó derecho de petición al Dr. Gregorio Eljach Pacheco, Procurador General de la Nación, debido a la creciente problemática de falta de pago a los trabajadores de la salud, quienes deben recurrir al cobro judicial sin poder hacerlo efectivamente por los incumplimientos mencionados.
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4 de marzo de 2025: La DIAN respondió, a través del Dr. Jairo Eduardo Lemus García, Subdirector de Factura Electrónica, señalando que esta dependencia no tiene competencia para intervenir en conflictos contractuales entre particulares. Asimismo, precisó que la determinación del mérito ejecutivo de una factura corresponde a los jueces en el marco de un proceso judicial, conforme a la normatividad vigente y a la jurisprudencia, incluyendo el Fallo Unificado STC11618-2023 de la Corte Suprema de Justicia.
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8 de abril de 2025: Se sostuvo audiencia con la Procuraduría Delegada Disciplinaria de Instrucción 5 para la Economía y la Hacienda Pública, en la cual se expuso la problemática enfrentada por los prestadores de salud en cuanto a la imposibilidad de cobro judicial de sus honorarios.

27 de mayo de 2025: Se llevó a cabo el Webinar Gratuito “El riesgo de la facturación electrónica para IPSs y Profesionales de la Salud”, cuyo objetivo fue socializar las implicaciones legales y financieras que conlleva la falta de cumplimiento de los eventos de acuse de recibo, recibo de bienes y/o servicios, y aceptación exigidos por el artículo 616-1 del Estatuto Tributario. Esta omisión impide que las facturas sean consideradas títulos valor con mérito ejecutivo, restringiendo su libre circulación y afectando directamente la liquidez de los prestadores, así como su derecho al pago oportuno.
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11 de junio de 2025: La Procuraduría General de la Nación, ante las quejas recibidas, trasladó la petición a la DIAN, entidad competente para pronunciarse de fondo sobre el tema.
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13 de junio de 2025: El Ministerio de Hacienda y Crédito Público respondió indicando que la DIAN, como entidad adscrita al Ministerio, cuenta con autonomía administrativa y la facultad de reglamentar el sistema de facturación electrónica en el país, incluyendo sus requisitos, condiciones y mecanismos técnicos.
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Recordamos a todos los prestadores de servicios de salud que, para que una factura electrónica adquiera mérito ejecutivo y pueda exigirse judicialmente su pago, esta debe cumplir con los siguientes eventos, en el siguiente orden:

1. Acuse de recibo de la factura electrónica de venta.
2. Recibo de los bienes y/o servicios.
3. Aceptación expresa o tácita:
Expresa: realizada por el adquirente.
Tácita: cuando, transcurridos tres (3) días después del recibo de bienes y/o servicios, el emisor no recibe respuesta y registra la aceptación.

Esta información es fundamental para proteger el derecho al pago oportuno de los profesionales del sector salud y garantizar la seguridad jurídica de sus facturas.

JUNTA DIRECTIVA
Asociación Nacional de Profesiones de la Salud – ASSOSALUD

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COMUNICADO A LOS ACTORES DEL SECTOR SALUD

COMUNICADO A LOS ACTORES DEL SECTOR SALUD

Bogotá, 29 de Mayo de 2025

La Junta Directiva de la Asociación Nacional de Profesiones de la Salud – ASSOSALUD, en ejercicio de su función de representación y defensa de los intereses de los profesionales del sector, informa a la opinión pública y a las entidades competentes lo siguiente:

Tras recibir múltiples reportes por parte de nuestras organizaciones afiliadas sobre la grave situación que afecta a los trabajadores de la salud en todo el país, caracterizada por retrasos en el pago de salarios, condiciones laborales deficientes, y serias limitaciones en la atención a los pacientes, hemos evaluado con detenimiento la Acción Popular interpuesta por la Alcaldía de Medellín ante el Gobierno Nacional, orientada a garantizar el derecho fundamental a la salud.

Consideramos que esta medida representa un paso necesario y legítimo para enfrentar la crisis que atraviesa el sistema de salud colombiano. Por tanto, manifestamos nuestro total respaldo a dicha Acción Popular, así como a todas aquellas iniciativas de carácter administrativo o judicial que busquen preservar el derecho a la salud de los ciudadanos y proteger los derechos laborales de los profesionales del sector.

En concordancia con lo anterior, la Junta Directiva ha tomado la decisión de activar los mecanismos jurídicos necesarios para adherirse formalmente a esta Acción Popular, con el objetivo de contribuir, desde nuestra institucionalidad, a la defensa de la salud pública y la dignificación del trabajo en el sector salud.

Instamos a todas las organizaciones, autoridades locales, gremios y ciudadanos a unir esfuerzos en esta causa común, que no solo involucra a los trabajadores del sector, sino que compromete el bienestar y la vida de toda la población.

Para ver el comunicado Completo los puedes descargar en el siguiente botón

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El Grupo de Acuerdos Fundamentales: SOLICITA GARANTIZAR EL DERECHO A LA SALUD: Una responsabilidad del Gobierno Nacional

El Grupo de Acuerdos Fundamentales: SOLICITA GARANTIZAR EL DERECHO A LA SALUD: Una responsabilidad del Gobierno Nacional

Bogotá D.C., enero 6 de 2025

El grupo de Acuerdos Fundamentales, incluyó en el PL 135 que el valor de la UPC sea establecido por un grupo técnico independiente al gobierno de turno y presentado al Consejo Nacional de Salud. La Constitución Política y la Ley Estatutaria de Salud obligan al Gobierno a destinar los recursos suficientes para garantizar el derecho fundamental a la salud.

Según la Resolución 2717 de 2024, la decisión se derivó de la mala calidad de la información aportada por las EPS; pero no tuvo en cuenta la evolución del perfil epidemiológico y demográfico de la población; el incremento del valor de las tecnologías en salud; los costos asociados al aumento del salario mínimo, las condiciones laborales de los trabajadores de la salud y el aumento de cobertura y acceso que pretende el gobierno.

La insuficiencia de la UPC no castigará a las EPS; su efecto más importante recaerá sobre las clínicas y los hospitales y que en el último año por la crisis actual del Sistema han cerrado 958 IPS.

Lo anterior afecta el derecho a la salud de todos los Colombianos, pero de manera prioritaria a adultos mayores y niños que utilizan más el Sistema; a gestantes y a enfermos con trastornos de salud mental, a pacientes con patologías graves o crónicas y a los que padecen enfermedades huérfanas o raras.

Acuerdos Fundamentales hace un claro, urgente y respetuoso llamado al Gobierno para que corrija de inmediato su decisión y recalcule, con base en un estudio técnico independiente, el valor de la UPC para el 2025; a la Corte Constitucional para que tome medidas cautelares inmediatas para evitar la vulneración del derecho fundamental a la salud y el derecho a la participación de los actores, académicos y expertos en la toma de decisiones esenciales para el Sistema de Salud.

Para ver el Comunicado Completo lo puede descargar en el siguiente botón:

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Proyecto de Ley para garantizar el cumplimiento de la Ley Estatutaria 1751 de 2015

Proyecto de Ley para garantizar el cumplimiento de la Ley Estatutaria 1751 de 2015

El Proyecto de Ley de Reforma a la Salud presentado por las 21 organizaciones médicas, académicas y de profesionales de salud que constituyen la alianza Acuerdos Fundamentales, del que hace parte ASSOSALUD, fue radicado por los congresistas de la República Julia Miranda Londoño, Jennifer Pedraza, Daniel Carvalho Mejía, Carolina Giraldo Botero, Alejandro García, Juan Sebastián Gómez, Cristian Danilo Avendaño, quienes el 1 de agosto solicitaron formalmente el inicio del trámite correspondiente en aplicación del ordenamiento constitucional y legal vigente.

Conozca el contenido en el siguiente enlace: https://acuerdosfundamentales.com/

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Derecho de Petición al Dr. Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez, Ministro del Ministerio de Salud y Protección Social sobre “Proyecto de Decreto por el cual se establece el Sistema de Tarifas y se sustituye el Manual de Régimen Tarifario “

Derecho de Petición al Dr. Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez, Ministro del Ministerio de Salud y Protección Social sobre “Proyecto de Decreto por el cual se establece el Sistema de Tarifas y se sustituye el Manual de Régimen Tarifario "

Fecha: Bogotá, 23 de Abril de 2024.

El gobierno nacional publicó el proyecto de decreto por el cual se establece el sistema de tarifas y se sustituye el manual de régimen tarifario incorporado en el anexo 1 del Decreto 780 de 2016.

En el artículo 6 literal d) de la Ley 1164 de 2007 indica como función del Consejo Nacional de Talento Humano en Salud: ¨Dar concepto técnico al Ministerio de Protección Social sobre la definición de manuales de tarifas¨

Para ver el comunicado Completo lo puede descargar  Aqui

Respuesta del Ministerio de Salud y Protección Social al Derecho de Petición:

Respuesta (Click Aqui)

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EL GRUPO DE ACUERDOS FUNDAMENTALES DEL SECTOR DE LA SALUD: Aspectos que, como mínimo, deberá contener el desarrollo integral de la Ley Estatutaria en Salud 1751/2015

EL GRUPO DE ACUERDOS FUNDAMENTALES DEL SECTOR DE LA SALUD: Aspectos que, como mínimo, deberá contener el desarrollo integral de la Ley Estatutaria en Salud 1751/2015

Fecha: Bogotá, Abril 18 de 2024

A raíz de la Sentencia T-760 de 2008 de la Corte Constitucional, por la cual se reconoció la salud como un derecho fundamental autónomo de primer orden, en el año 2013, la Gran Junta Médica Nacional, constituida por las organizaciones más representativas de los médicos colombianos, presentó un proyecto de ley estatutaria para regular y establecer los principios y directrices que garantizarán este derecho fundamental a todos los residentes en el país.

El proyecto de ley estatutaria fue respaldado ampliamente por la sociedad civil, aprobado por el Congreso de la República, la Ley revisada por la Corte Constitucional para efectos de su exequibilidad en virtud de la Sentencia C-313 de 2014 (MP: Gabriel Eduardo Mendoza Martelo), y sancionada por el Presidente de la República el 15 de febrero de 2015, constituyéndose en la Ley 1751 de ese año, la primera de su género en el mundo y uno de los adelantos más significativos que registra la historia de la Salud en Colombia.

No obstante, a más de nueve años de su aprobación, no se han realizado los cambios necesarios en el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) para que el goce efectivo de este derecho fundamental se haga realidad.

La Academia Nacional de Medicina, las organizaciones médicas y de profesiones de la salud, presentaron el 3 de diciembre de 2021 a consideración del Gobierno Nacional, de las campañas de quienes en ese momento aspiraban a la Presidencia de la República, del Congreso de la República y de la opinión pública general, los 14 ACUERDOS FUNDAMENTALES que contienen lo que se considera esencial para el pleno desarrollo de la Ley Estatutaria en Salud y del Sistema de Salud en ella establecido. En esta norma estatutaria están plasmadas las bases de la Reforma a la Salud que Colombia necesita.

El grupo constituido por las 17 organizaciones médicas y de profesiones de la salud firmantes, con espíritu independiente, académico, técnico y científico, considera que la alternativa para lograr el mejor Sistema de Salud posible dentro del marco de nuestras posibilidades de desarrollo económico, político y social está en el pleno desarrollo de la Ley Estatutaria en Salud y, para ello, reiteramos los 14 ACUERDOS FUNDAMENTALES.

Las 17 organizaciones que conforman el “Grupo de Acuerdos Fundamentales” son:

Academia Nacional de Medicina.
Presidente: Gabriel Carrasquilla Gutiérrez, en representación del grupo de Acuerdos Fundamentales.

Asociación Colombiana de Sociedades Científicas -ACSC.
Agamenón Quintero Villarreal, presidente.

Colegio Médico Colombiano -CMC.
Stevenson Marulanda Plata, presidente.

Asociación de Profesiones de la Salud -ASSOSALUD.
Mauricio Echeverri Díez, presidente.

Federación Odontológica Colombiana -FOC.
María Fernanda Atuesta Mondragón, presidente.

Sociedad Colombiana de Anestesiología y Reanimación -SCARE.
Olga Lucía Herrera Losada, presidente.

Asociación Médica Sindical, ASMEDAS Cundinamarca.
Jaime Cuervo Saavedra, secretario general.

Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá -CMCB.
Clemencia Mayorga Ramírez, presidente.

Colegio Médico de Antioquia.
Carlos Eduardo Valdivieso Gelves, presidente.

Colegio Médico de Santander.
Sandra Milena Acevedo Rueda, presidente.

Colegio Médico del Cauca.
Martha Sofía Bedoya, presidente.

Federación Colombiana de Sindicatos Médicos -FECOLMED.
Jorge Enrique Enciso Sánchez, presidente.

Academia Nacional de Medicina, Capítulo Nariño.
Emma Guerra Nieto, presidente.

Academia de Medicina de Medellín.
Giovanni García Martínez, presidente.

Asociación Gremial y Sindical de Cirujanos de Ortopedia y Traumatología.
Roberto Díaz González, presidente.

Federación de Sindicatos de Anestesiología -FSA.
Luis Mauricio García Borrero, presidente.

Asociación de Epidemiología de Colombia -ASOCEPIC.
Luis Jorge Hernández Flórez, presidente.

Para ver el Comunicado Completo de los 14 puntos de los “Acuerdos Fundamentales” explicados, lo puede descargar en el siguiente botón: